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jueves, 26 de noviembre de 2015

Cómo ser pareja de hecho en Catalunya

Si somos o no pareja de hecho en Cataluña también es una  cuestión que se nos plantea de forma reiterada cuando vienen algunas primeras consultas al  despacho,  En nuestra primera entrevista con el cliente,  no pocas veces ocurre  que les pregunto si son matrimonio o pareja de hecho y la respuesta suele ser .-no no, no somos matrimonio pero  tampoco somos pareja de hecho porque no nos hemos inscrito en ningún sitio.

En Cataluña se es pareja de hecho si se puede acreditar una convivencia continuada de como mínimo dos años , o si la convivencia es menor , en el caso que existan  hijos comunes.  A partir de ese momento por el simple hecho de convivir o haber tenido hijos el código civil catalán reconoce a esas parejas como parejas de hecho, con los derechos y obligaciones jurídicas que esto conlleva,  de manera que se sorprenden muchas veces los clientes cuando les decimos que aunque no hayan hecho nada, por el simple transcurso del tiempo o por el hecho de haber tenido un hijo en común se han constituido en pareja de hecho.

No obstante aunque pudiera cumplir con las condiciones de ser  ser pareja de hecho,  si existiera  vínculo matrimonial con una pareja anterior que se haya roto, y no estuvieran
divorciados ,difícilmente se va a reconocer dentro del derecho catalán los derechos como pareja de hecho.

Entre los derechos mas significativos que puede ser tributaria una pareja de hecho en Catalunya, estan los derechos a la herencia incluso por delante de los padres  del fallecido/a y derechos en caso de ruptura.


Actualmente y desde hace poco se ha aprobado por el Parlament de Catalnya la creación de un registro de parejas de hecho para agililizar los trámites  de solicitud de pension de viudedad  ante la Seguridad Social.

lunes, 2 de noviembre de 2015

Son las mujeres las que inician más procesos de divorcio


Las mujeres inician más procesos de divorcio que los hombres

Analizando los datos publicados por el INE en relación a las estadísticas de 2014,, se observa que en España son las mujeres las que mayoritariamente inician el proceso de divorcio contencioso,   esto es, cuando no es de mutuo acuerdo, resultando que de cada 100 demandas de divorcio contencioso,  62,79  son solicitadas por mujeres y sólo 37,21 demandas son solicitadas por hombres.
En Catalunya , la estadística de divorcios nos revela que ,de promedio, las mujeres solicitan el divorcio por encima de la media española, esto es un 64.21%. Destaca al respecto  Lleida, donde  un 70% de las demandas de divorcio han estado interpuestas por mujeres, acercándose al máximo de España ostentado por Soria , provincia en la que  las mujeres llevan la iniciativa en casi el 73%. Como contrapunto vemos que Girona estaría a la cola con un 60,7. Barcelona y Tarragona están muy cerca de la media de divorcios españoles con un 62.75 % y 60,7% de iniciativa femenina       
Comprobamos que estos  datos puramente estadísticos se acercan bastante y casi coinciden con los del estudio efectuado  en  EEUU  y  presentado por la American Sociological Association en 2015 realizado en Stanford. Así,. este estudio  demostró  que las mujeres que pedían el divorcio eran un 69 %.. Ver noticia en el Washington post 
El estudio se elaboró sobre una muestra de  2,262 adultos heterosexuales entre 19 y 94 años que estuvieron en relaciones en 2009. Seis años después, 371 de esas relaciones habían terminado. Las mujeres habían solicitado el 69% de esos divorcios y los hombres, el 31%.

Michael Rosenfeld, autor de la investigación, afirma en sus conclusiones  que mayoritariamente  son las mujeres quienes inician los procesos de divorcio  y que en cuanto a los motivos que  les lleva a ello se deben entre otros a una cuestión de expectativas acerca de la concepción del matrimonio.